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En el marco de las competencias establecidas en el Decreto Supremo 071 del 9 de abril de 2009; la Ley 2066 de Prestación y Utilización de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario, Articulo 75, inciso h) “Recibir permanente protección de sus derechos por parte de la Entidad Reguladora”; y las recomendaciones efectuadas por la Organización Mundial de la Salud OMS, sobre el adecuado lavado de manos como parte de las medidas de prevención ante la expansión del coronavirus o Covid-19 en distintos países del mundo, la Autoridad de Fiscalización de Control Social de Agua Potable y Saneamiento Básico (AAPS), entidad desconcentrada del Ministerio de Medio Ambiente y Agua (MMAyA), INSTRUYE a todas las Entidades Prestadoras del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario (EPSA) en el territorio nacional: