MINISTERIO DE AGUA Y LA AAPS, PROHIBEN DERROCHAR EL AGUA DURANTE LAS FECHAS DE CARNAVAL

La Paz, 25/02/2019, AAPS.- El Ministerio de Medio Ambiente y Agua (MMAyA) y la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Agua Potable y Saneamiento Básico (AAPS), este lunes 25 de febrero emitieron la Resolución Ministerial Nº 025 de prohibición del derroche de agua potable, durante las fiestas de Carnaval que se realiza en el territorio nacional

 El Director Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Agua Potable y Saneamiento Básico AAPS Ing. Victor Hugo Rico, y el Director de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario, Ing. Edwin Laruta, del Ministerio de Medio Ambiente y Agua, en conferencia de prensa informaron sobre la Resolución Ministerial que establece la prohibición del derroche de agua potable, en las fiestas de Carnaval.

El titular de la AAPS, Ing. Víctor Hugo Rico, informó que se instruyó a las Entidades Prestadoras de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario (EPSA), que cumplan con el control del uso racional y eficiente del agua, de acuerdo a sus competencias y atribuciones durante los días de carnaval.

 “Esto no quiere decir que sólo se aplique como circunstancia del periodo de carnaval en Bolivia, sino que se hace mayor énfasis en esta fecha por las costumbres de dicha celebración. Hemos tenido casos de crisis hídrica en ciudades capitales e intermedias del país, por lo que las prestadoras deben tomar las previsiones necesarias para llevar adelante el adecuado control”, remarco Rico.

Asimismo, el Ing., Edwin Laruta, acoto que “esta Resolución Ministerial tiene como objeto que en estas fiestas próximas de Carnaval evitar los derroches de agua, ustedes saben que hemos sufrido una crisis de agua en los años pasados y sobre todo en ciertas ciudades como La Paz, Oruro, Potosí y Tarija donde el agua para el consumo humano era bastante escasa y en el caso de La Paz se tuvo una crisis”

La normativa dispone de las Entidades Prestadoras de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado Sanitario (EPSA), y la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Agua Potable y Saneamiento Básico (AAPS), asuman las medidas sancionatorias en caso de incumplimiento de la prohibición.

También establece que el Viceministerio de Agua Potable y Saneamiento Básico, es el encargado de la implementación, seguimiento y difusión de la presente Resolución Ministerial, en coordinación con las gobernaciones, gobiernos municipales, EPSA y la AAPS, en el marco de sus competencias y atribuciones